Memoria histórica

Ignasi Ribas

 

 

El Proyecto de Ley de "Memoria Histórica" agota su cuenta atrás en el Congreso de Diputados. Se impone que el Gobierno y los grupos parlamentarios tomen una decisión inmediata que conduzca a su aprobación final.


De lo contrario los lentos pasos de los procesos legislativos de las Cortes Generales -a finales de año se disuelven y deben tramitar los Presupuestos Generales del Estado- darán al traste, una vez más, con las esperanzas que en el proyecto tienen depositadas los familiares de las víctimas de la dura represión franquista.


Han transcurrido casi cinco años desde que el Congreso de Diputados condenó el golpe militar del 18 de julio de 1936 contra el Gobierno legítimo del Frente Popular y el orden constitucional de la Segunda República, que desencadenó la guerra civil y la larga dictadura de Franco.


Han pasado tres años desde que el Congreso de Diputados instó al Gobierno a constituir una comisión interministerial sobre las víctimas de aquella guerra y de las que lucharon durante la dictadura por el restablecimiento de un régimen democrático. Muchos pagaron con su vida y su libertad la defensa de los valores que hoy reconoce la Constitución de 1978.
Ha transcurrido otro año desde que el proyecto de ley se halla encallado en las Cortes Generales. Se han perdido de forma imperdonable meses para su tramitación y aprobación definitiva.


El pasado mes de abril, el PSOE e IU-ICV, con apoyo del Gobierno, intentaron desbloquear el proyecto, que en aquellos días parecía encaminarse hacia su recta final. No ha sido así.


El acuerdo alcanzado entre PSOE e IU-ICV, con apoyo del Gobierno, consistió en descartar la declaración de nulidad por ley de los juicios y sentencias de condena dictadas por los tribunales de la represión franquista, sustituyéndola por una declaración de ilegitimidad.


En virtud del citado pacto, se incluyó en el proyecto de ley la declaración de ilegitimidad de los tribunales militares y cualesquiera otros órganos penales o administrativos que durante la guerra civil y la dictadura se hubiesen constituido para imponer, por motivos ideológicos o políticos, condenas o sanciones. Así, se declara la ilegitimidad del Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, los tribunales militares constituidos, en su día, al amparo de la Ley de Responsabilidades Políticas de 1939, la Junta de Defensa Nacional, la Junta Técnica del Estado y el Gobierno, y el Tribunal de Orden Público, y de todos los consejos de guerra, constituidos por motivos ideológicos o políticos, "por ser contrarios a Derecho y vulnerar las más elementales normas y garantías a un juicio justo".


En el articulado del proyecto de ley se incluye la declaración de ilegitimidad de las condenas y sanciones dictadas por los citados tribunales o por cualesquiera tribunales u órganos penales o administrativos constituidos durante la dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional de la Segunda República, pretendieron el restablecimiento de un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades que hoy reconoce nuestro vigente ordenamiento constitucional.


En el mismo orden de cosas, en el proyecto de ley, "se reconoce el derecho a obtener una declaración de reparación y reconocimiento personal a quienes padecieron los efectos de las citadas resoluciones de condena o sancionadora. El derecho es compatible con el ejercicio de acciones ante los tribunales de justicia.


Pero que nadie se llame a engaño. Cualquier profesional del Derecho conoce el significado y efectos jurídicos de la declaración de nulidad por ley de los actos procesales y resoluciones judiciales. La solución pactada por el PSOE e IU-ICV, con apoyo del Gobierno, sustituyendo la declaración de nulidad de juicios y sentencias por una declaración de ilegitimidad puede vaciar de efectos jurídicos el proyecto de ley en uno de sus aspectos esenciales y más relevantes.


El pacto alcanzado, es, sin duda, un paso adelante. No obstante, suscita temores e incertidumbres a las Asociaciones y Familiares de Víctimas para la Recuperación de la Memoria Histórica y el debate entre juristas.


La declaración de ilegitimidad, aún teniendo un gran valor histórico, político y simbólico, puede quedar hueca de contenido y eficacia jurídica, si no va acompañada de otras medidas legislativas procesales y sustantivas que garanticen la nulidad de las sentencias y resoluciones dictadas.

El sentir mayoritario de las Asociaciones de Víctimas y Familiares para la Recuperación de la Memoria Histórica, y destacados juristas es que el proyecto de ley cumpla las siguientes exigencias mínimas:


-Condena formal de la sublevación militar del 18 de julio de 1936 contra la legalidad constitucional de la Segunda República que condujo a la guerra civil y a casi cuarenta años de dictadura. En dicho sentido, se pronunciaron, en su día, el Consejo de Europa y los grupos mayoritarios del Parlamento Europeo.


-Declaración solemne y pública de que todo el aparato represivo del franquismo y sus actos y acciones de exterminio por razones ideológicas y políticas, estuvo viciado de raíz por su ilegitimidad de origen.


-Que la referida declaración de ilegitimidad de origen, sin perjuicio de las acciones individuales, constituya fundamento jurídico suficiente para que el Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, y el Fiscal General del Estado ejerciten de oficio las acciones o recursos pertinentes con el fin de obtener la declaración de nulidad radical o de pleno derecho de las sentencias o resoluciones de condena impuestas por los tribunales que en el articulado del proyecto de ley se declaran ilegítimos.


La inclusión del citado extremo en el proyecto de ley resulta esencial, porque conocemos las injustificables y recientes resoluciones judiciales de la Sala V del Tribunal Supremo que han venido rechazando sistemáticamente la admisión de los recursos de revisión, interpuestos por familiares de las víctimas de la represión, contra las sentencias de condena dictadas, en su día, por tribunales militares en consejos de guerra sumarísimos, verdaderas venganzas políticas e ideológicas ajenas a todo principio de justicia y con ausencia de las más elementales garantías procesales y del derecho a la defensa.


-El Gobierno y demás Administraciones Públicas, deben asumir activamente, como políticas públicas, la preservación de la Memoria Democrática, especialmente la localización de las miles de víctimas ejecutadas extrajudicialmente por los sublevados contra la legalidad republicana, durante la guerra civil, en las tapias de los cementerios, cunetas, barrancos carreteras y otros lugares de trágica memoria, cuyos restos aún permanecen sepultados en fosas comunes. Sus familiares tienen el inalienable derecho a honrar su memoria dándoles digna sepultura. Ellos pagaron con su vida la resistencia al fascismo en defensa de la libertad y la democracia.


-La conservación, ordenación y accesibilidad de los archivos históricos y la desaparición de la simbología del franquismo de las vías y edificios públicos.

Las enumeradas son exigencias mínimas que deben ser recogidas en la ley y por las que vienen luchando tenaz y dignamente las asociaciones cívicas. Entre ellas, la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Mallorca, que con tanto acierto y valor cívico vienen dirigiendo Margalida Capellá, María Antonia Oliver Paris y otros amigos.


No puede finalizar la legislatura sin la aprobación por las Cortes Generales de un proyecto de ley prioritario. Pero mucho me temo que así sea. El Estado Social y Democrático de Derecho y la sociedad democrática no pueden esperar más. El Gobierno y los grupos parlamentarios, que dan soporte al proyecto de ley, algunos de ellos con enmiendas necesarias, deben conocer y saber que si no se aprueba antes de que finalice la legislatura es porque no habrán tenido voluntad política de hacerlo. No valen excusas.

Ignasi Ribas es abogado.

Diario de Mallorca

27/09/2007