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El Proyecto de Ley de "Memoria
Histórica" agota su cuenta atrás en
el Congreso de Diputados. Se impone
que el Gobierno y los grupos
parlamentarios tomen una decisión
inmediata que conduzca a su
aprobación final.
De lo contrario los lentos pasos de
los procesos legislativos de las
Cortes Generales -a finales de año
se disuelven y deben tramitar los
Presupuestos Generales del Estado-
darán al traste, una vez más, con
las esperanzas que en el proyecto
tienen depositadas los familiares de
las víctimas de la dura represión
franquista.
Han transcurrido casi cinco años
desde que el Congreso de Diputados
condenó el golpe militar del 18 de
julio de 1936 contra el Gobierno
legítimo del Frente Popular y el
orden constitucional de la Segunda
República, que desencadenó la guerra
civil y la larga dictadura de
Franco.
Han pasado tres años desde que el
Congreso de Diputados instó al
Gobierno a constituir una comisión
interministerial sobre las víctimas
de aquella guerra y de las que
lucharon durante la dictadura por el
restablecimiento de un régimen
democrático. Muchos pagaron con su
vida y su libertad la defensa de los
valores que hoy reconoce la
Constitución de 1978.
Ha transcurrido otro año desde que
el proyecto de ley se halla
encallado en las Cortes Generales.
Se han perdido de forma imperdonable
meses para su tramitación y
aprobación definitiva.
El pasado mes de abril, el PSOE e IU-ICV,
con apoyo del Gobierno, intentaron
desbloquear el proyecto, que en
aquellos días parecía encaminarse
hacia su recta final. No ha sido
así.
El acuerdo alcanzado entre PSOE e IU-ICV,
con apoyo del Gobierno, consistió en
descartar la declaración de nulidad
por ley de los juicios y sentencias
de condena dictadas por los
tribunales de la represión
franquista, sustituyéndola por una
declaración de ilegitimidad.
En virtud del citado pacto, se
incluyó en el proyecto de ley la
declaración de ilegitimidad de los
tribunales militares y cualesquiera
otros órganos penales o
administrativos que durante la
guerra civil y la dictadura se
hubiesen constituido para imponer,
por motivos ideológicos o políticos,
condenas o sanciones. Así, se
declara la ilegitimidad del Tribunal
de Represión de la Masonería y el
Comunismo, los tribunales militares
constituidos, en su día, al amparo
de la Ley de Responsabilidades
Políticas de 1939, la Junta de
Defensa Nacional, la Junta Técnica
del Estado y el Gobierno, y el
Tribunal de Orden Público, y de
todos los consejos de guerra,
constituidos por motivos ideológicos
o políticos, "por ser contrarios a
Derecho y vulnerar las más
elementales normas y garantías a un
juicio justo".
En el articulado del proyecto de ley
se incluye la declaración de
ilegitimidad de las condenas y
sanciones dictadas por los citados
tribunales o por cualesquiera
tribunales u órganos penales o
administrativos constituidos durante
la dictadura contra quienes
defendieron la legalidad
institucional de la Segunda
República, pretendieron el
restablecimiento de un régimen
democrático en España o intentaron
vivir conforme a opciones amparadas
por derechos y libertades que hoy
reconoce nuestro vigente
ordenamiento constitucional.
En el mismo orden de cosas, en el
proyecto de ley, "se reconoce el
derecho a obtener una declaración de
reparación y reconocimiento personal
a quienes padecieron los efectos de
las citadas resoluciones de condena
o sancionadora. El derecho es
compatible con el ejercicio de
acciones ante los tribunales de
justicia.
Pero que nadie se llame a engaño.
Cualquier profesional del Derecho
conoce el significado y efectos
jurídicos de la declaración de
nulidad por ley de los actos
procesales y resoluciones
judiciales. La solución pactada por
el PSOE e IU-ICV, con apoyo del
Gobierno, sustituyendo la
declaración de nulidad de juicios y
sentencias por una declaración de
ilegitimidad puede vaciar de efectos
jurídicos el proyecto de ley en uno
de sus aspectos esenciales y más
relevantes.
El pacto alcanzado, es, sin duda, un
paso adelante. No obstante, suscita
temores e incertidumbres a las
Asociaciones y Familiares de
Víctimas para la Recuperación de la
Memoria Histórica y el debate entre
juristas.
La declaración de ilegitimidad, aún
teniendo un gran valor histórico,
político y simbólico, puede quedar
hueca de contenido y eficacia
jurídica, si no va acompañada de
otras medidas legislativas
procesales y sustantivas que
garanticen la nulidad de las
sentencias y resoluciones dictadas.
El sentir mayoritario de las
Asociaciones de Víctimas y
Familiares para la Recuperación de
la Memoria Histórica, y destacados
juristas es que el proyecto de ley
cumpla las siguientes exigencias
mínimas:
-Condena formal de la sublevación
militar del 18 de julio de 1936
contra la legalidad constitucional
de la Segunda República que condujo
a la guerra civil y a casi cuarenta
años de dictadura. En dicho sentido,
se pronunciaron, en su día, el
Consejo de Europa y los grupos
mayoritarios del Parlamento Europeo.
-Declaración solemne y pública de
que todo el aparato represivo del
franquismo y sus actos y acciones de
exterminio por razones ideológicas y
políticas, estuvo viciado de raíz
por su ilegitimidad de origen.
-Que la referida declaración de
ilegitimidad de origen, sin
perjuicio de las acciones
individuales, constituya fundamento
jurídico suficiente para que el
Gobierno, a través del Ministerio de
Justicia, y el Fiscal General del
Estado ejerciten de oficio las
acciones o recursos pertinentes con
el fin de obtener la declaración de
nulidad radical o de pleno derecho
de las sentencias o resoluciones de
condena impuestas por los tribunales
que en el articulado del proyecto de
ley se declaran ilegítimos.
La inclusión del citado extremo en
el proyecto de ley resulta esencial,
porque conocemos las injustificables
y recientes resoluciones judiciales
de la Sala V del Tribunal Supremo
que han venido rechazando
sistemáticamente la admisión de los
recursos de revisión, interpuestos
por familiares de las víctimas de la
represión, contra las sentencias de
condena dictadas, en su día, por
tribunales militares en consejos de
guerra sumarísimos, verdaderas
venganzas políticas e ideológicas
ajenas a todo principio de justicia
y con ausencia de las más
elementales garantías procesales y
del derecho a la defensa.
-El Gobierno y demás
Administraciones Públicas, deben
asumir activamente, como políticas
públicas, la preservación de la
Memoria Democrática, especialmente
la localización de las miles de
víctimas ejecutadas
extrajudicialmente por los
sublevados contra la legalidad
republicana, durante la guerra
civil, en las tapias de los
cementerios, cunetas, barrancos
carreteras y otros lugares de
trágica memoria, cuyos restos aún
permanecen sepultados en fosas
comunes. Sus familiares tienen el
inalienable derecho a honrar su
memoria dándoles digna sepultura.
Ellos pagaron con su vida la
resistencia al fascismo en defensa
de la libertad y la democracia.
-La conservación, ordenación y
accesibilidad de los archivos
históricos y la desaparición de la
simbología del franquismo de las
vías y edificios públicos.
Las enumeradas son exigencias
mínimas que deben ser recogidas en
la ley y por las que vienen luchando
tenaz y dignamente las asociaciones
cívicas. Entre ellas, la Asociación
para la Recuperación de la Memoria
Histórica de Mallorca, que con tanto
acierto y valor cívico vienen
dirigiendo Margalida Capellá, María
Antonia Oliver Paris y otros amigos.
No puede finalizar la legislatura
sin la aprobación por las Cortes
Generales de un proyecto de ley
prioritario. Pero mucho me temo que
así sea. El Estado Social y
Democrático de Derecho y la sociedad
democrática no pueden esperar más.
El Gobierno y los grupos
parlamentarios, que dan soporte al
proyecto de ley, algunos de ellos
con enmiendas necesarias, deben
conocer y saber que si no se aprueba
antes de que finalice la legislatura
es porque no habrán tenido voluntad
política de hacerlo. No valen
excusas.
Ignasi Ribas es abogado.
Diario
de Mallorca
27/09/2007 |