El 5 de noviembre de 1936 moría fusilado en
Palma el teniente de navío Carlos Soto Romero. Emisario enviado a Mallorca
por orden del general Aranguren, desembarcó en el puerto de Pollença,
procedente de Barcelona, el 21 julio de ese año dirigiéndose hacia Palma con
el objetivo de cumplir la misión encomendada por el mando leal a la
legalidad republicana: solicitar la rendición de los golpistas sublevados.
Carlos Soto logró entrevistarse con el mando militar de la isla el cual,
tras la partida del general Goded hacia Barcelona donde vio frustrados sus
intentos golpistas y la detención en Maó del general Bosch, recayó en el
coronel Aurelio Díaz de Freijoo. Una vez realizada su misión, Soto salió del
despacho del comandante accidental del mando militar de Balears con la
intención de dirigirse hacia la nave que le había trasladado desde su lugar
de origen al puerto de Pollença y regresar para dar cuenta a sus superiores
de la gestión realizada. En la puerta se hallaba, en situación de espera,
parte del grupo insurrecto que finalmente se hizo con el mando en la isla
-encabezado por el teniente coronel de ingenieros Luís García Ruiz. El
grupo, entre los que se encontraba el jefe de Falange, Alfonso Zayas,
conminó al teniente de navío a detenerse y procedió a su retención.
Carlos Soto fue juzgado a través de la causa 900 instruida por el juez
militar, el comandante de infantería Miguel Garau Sureda, acusado de
traición -delito que sólo habían cometido los acusadores- fue condenado y
fusilado, es decir, asesinado. La muerte del emisario no fue más que una de
tantas fechorías que manifiesta el escaso talante moral de los acusadores y
ejecutores de las pantomimas judiciales en aquel entonces instruidas.
Como éste, todos y cada uno de los juicios militares y civiles celebrados en
la época en la isla fueron realizados desde la ilegalidad y con total
ausencia de garantías procesales
El caso más emblemático y conocido es el juicio militar que afectó a los
alcaldes republicanos de Palma e Inca, Emili Darder y Antoni Mateu, al
diputado socialista Alexandre Jaume y al potentado de derecha republicana
Antoni Maria Ques -acusado de poseer 200 pistolas que nunca fueron halladas
y de organizar un golpe, existente sólo en la fantasía de los verdugos,
llamado "Plan Lenin" cuyo objetivo, según los acusadores, no era otro que
instaurar una "dictadura moscovita" en la isla. Incluso, el abogado defensor
de Ques, el capitán de artillería Sebastián Feliu, se dirigió al tenebroso
tribunal para preguntarle si, al condenar a muerte a su defendido, no les
temblaría el pulso. El 24 de febrero de 1937 todos ellos fueron públicamente
fusilados en el cementerio de Palma.
Dar validez jurídica a tales desmanes nos indica, claramente, que el sistema
establecido por los golpistas, además de irregular, fue vengativo,
sanguinario y ajeno a los derechos humanos más elementales. El hecho de que
estas y otras causas, hasta el día de hoy, no hayan sido revisadas y
repuesto el honor de las víctimas dando una mínima satisfacción a sus
familiares, es una ofensa pública que nadie puede sostener sin sonrojarse.
El gobierno de Rodríguez Zapatero, a través de la ley de Memoria Histórica,
propone la anulación "simbólica y moral" de los llamados juicios
sumarísimos. Pero es criterio diferente el que sostiene que la anulación
expresa de estas farsas judiciales debería ser total y con todas sus
consecuencias ya que ello supone un hecho pleno de justicia convirtiéndose
en un deber que una sociedad democrática y civilizada no puede, de ninguna
de las maneras, soslayar.
Defender la persistencia de estas anomalías judiciales, como hace el Partido
Popular, no deja de ser un capítulo más de nuestra peculiar historia de la
ignominia la que, de alguna manera, se asemeja al espectáculo bochornoso de
la impunidad pinochetista.
La "buena voluntad" de los socialistas no llega a cumplir los requisitos
mínimos deseables ya que una "reparación moral" sin anular los juicios es
"insuficiente" y "defrauda las expectativas" de las víctimas, tal como ha
afirmado Gaspar Llamazares, coordinador general de IU. Así, pues, cabe
sostener el criterio, concordante con lo expuesto por el portavoz
parlamentario de ERC, Joan Tardà, de calificar como inaceptable "ninguna ley
que no declare la "ilegitimidad" del franquismo y que, por tanto, anule
jurídicamente los juicios "civiles y militares" celebrados durante ese
periodo.
15/12/06
|