1906 - PROPUESTA AL AYUNTAMIENTO DE PALMA POR LA FEDERACIÓN DE SOCIEDADES OBRERAS DE CREACIÓN DE UNA CASA DEL PUEBLO EN PALMA

Eln la sesión de 20 de marzo de 1906, del Ayuntamiento de Palma,  la Federación de Sociedades Obreras de esta Ciudad, acordó elevar la siguiente proposición:

Al Excmo. Ayuntamiento:

La Federación de Sociedades Obreras de esta Ciudad, enterada por los Vocales obreros de la Junta Local de Reformas Sociales, de que esta Excma. Corporación, en el proyecto de presupuestos extraordinario del presente año incluye una importante partida que destina a fomentar la construcción de casas para obreros, con el laudable propósito de facilitar a éstos, medios para que en su día puedan llegar a disponer de albergue propio, mediante la amortización por medio de alquiler del capitas en ellas invertido y teniendo en cuenta además, según manifestación de los mencionados vocales, que el Sr. Alcalde encareció a los individuos de la dicha Junta y especialmente a los que representan en la misma a la clase obrera, el estudio de tan importante problema; esta Federación, haciéndose cargo del beneficio que puede reportar esta mejora llevada a ala práctica y deseosa de ser la primera en demostrar la utilidad que en sí encierra el proyecto de referencia para la clase proletaria, tiene el honor de presentar a esta Excma. Corporación Municipal; la adjunta proposición:

Considerando: que el desarrollo cada día creciente de l producción moderna y del progreso en general, hace indispensable la organización sindical del obrero para mejorar las condiciones de vida del mismo y que la tendencia de esta Federación consiste en agrupar sindicalmente el mayor número de trabajadores con el fin de que sea más intensa y eficaz su labor de mejoramiento.

Considerando: que la experiencia ha demostrado, y en eso están contestes (sic) todos lo que con alteza de miras se preocupan del problema social, de que la organización sindical de la clase obrera es un factor importantísimo que contribuye a elevar la cultura moral e intelectual de la misma, además de perfeccionar la capacidad profesional del trabajador asociado.

Considerando:  que las organizaciones de este carácter contribuyen en alto grado también,  a facilitar la solución de los conflictos que surgen actualmente a consecuencia del progreso industrial moderno entre Capital y Trabajo, como lo prueba el significativo hecho de que los Poderes públicos solicitan con frecuencia su concurso para resolver los conflictos de esta índole que menudo estallan y para llevar acabo la legislación de carácter social que al presente se realiza, siendo ejemplo de ello la creación de las Juntas de Reformas Sociales, el Instituto del Trabajo y otros importantes organismos tales como las de defensa contra la tuberculosis, las Juntas de Protección a la infancia, etc, etc.

Considerando: que a este fin se encaminan, y a esto atienden con especial cuidado, las Naciones que van a la vanguardia del progreso, contribuyendo a la creación de Bolsas de Trabajo, edificios exclusivamente para sociedades de este carácter, con el fin de que puedan disponer de locales adecuados para sus necesidades de enseñanza, propaganda y administración, y que ya existen en casi todas las poblaciones de Inglaterra, Francia, Alemania, Bélgica, Holanda, etcétera, etcétera 

Considerando: que la clase obrera de Palma a ese respeto se encuentra en la necesidad de disponer de un edificio de análoga índole para que en él tengan cabida las colectividades gremiales de obreros, dado el incremento que de día en día van tomando, al compás del desarrollo industrial y comercial que esta Ciudad va adquiriendo, y no disponiendo Palma de locales que reúnan condiciones apropiadas para este objeto, ni esta Federación medios materiales para levantarlo a su costa, y haciéndose cargo de los buenos deseos que animan a este Excmo. Ayuntamiento.

Propone: que la primera cantidad que este Municipio vote con destino a construir viviendas para obreros, se invierta en la construcción por cuenta del Ayuntamiento, de un local cuyo fin se cobijar y dar albergue a los Sindicatos obreros legalmente constituidos que formen esta Federación Obrera, mediante las siguientes formalidades; o las que de común acuerdo la Corporación Municipal y esta Colectividad pudieran convenir.

1ª Esta Federación se compromete, mediante un alquiler prudencial, ir amortizando el capital anticipado y los intereses del mismo que se estipulen.

2ª Una vez construida la finca y en disposición de ser habitada, pasarán a ocuparla las Sociedades que componen la Federación, continuando los derechos de propiedad siendo del Municipio, interín no se halle satisfecho el total del coste de la misma por dicha Federación.

Esperando que nuestra proposición será bien acogida por esta Excma. Corporación Municipal y que será unánimemente aprobada, puesto que ésta Federación cree que el espíritu de ella responde a las aspiraciones que se desprenden del proyecto relativo a la edificación de viviendas para obreros, dámosle por ello anticipadas gracias.

Palma, Marzo de 1906.- Por la Federación.- El Presidente, Francisco Roca,- El Secretario, Antonio Brasales,- Excmo. Ayuntamiento Constitucional de Palma 

EL OBRERO BALEAR nº 278

24 de marzo de 1906

 

fideus/