1922 –  A TODOS LOS PRESIDENTES DE LA CASA DEL PUEBLO

COMPAÑEROS: Al objeto de dar cumplimiento a la décima estipulación de le escritura de donación de la nueva Casa del Pueblo, pues dice que las facultades del Patronato, en relación con los presidentes de las Sociedades donatarias, y las demás atribuciones que no se detallan en la escritura serán objeto de un reglamento especial, cuya redacción se confía al actual Patronato, en unión de los presidentes de las Sociedades Obreras de la actual Casa del Pueblo, y teniendo ya el susodicho Patronato redactado el proyecto del indicado reglamento, se os convoca a todos, para someterlo a vuestro examen domingo 13 del corriente a las 6 de la tarde, en el local social, Ballester 32.

Como el citado reglamento tiene una trascendencia enorme ya que detalla y regula las facultades y derechos y deberes de todos en relación con el edificio Casa del Pueblo y su administración y gobierno, encarecidamente os suplicamos que no faltéis a la citada reunión de cuyos acuerdos no tendríais luego derecho a protestar. Se trata, compañeros, de una cuestión muy delicada y es preciso que hagáis un esfuerzo de voluntad para asistir y dar vuestro parecer, que `por derecho propio os corresponde

POR EL PATRONATO

El Presidente

Lorenzo Bisbal.

EL OBRERO BALEAR nº 1080

10 de noviembre de 1922