1925 – RECTIFICACIÓN

Con este epígrafe y después de invocar la ley de imprenta nos ha enviado el comunista Antonio Mª Alzina un escrito del que, amparándonos también en la misma ley, insertamos la parte a que por la citada ley tiene derecho su autor.

Dice Alzina

“He de aclarar que no soy secretario del Sindicato Metalúrgico.

“Que si estoy firmado bajo de “Por acuerdo de la junta general”, no se dice que sea secretario, lo cual quiere decir que no lo soy; si no que soy el que ha copiado el trabajo, o como transmisor del mismo. La razón es obvia. Se va a un mitin y el que trasmite a las cuartillas las palabras del orador, las firma, igual he hecho yo con el acuerdo”.

Quedamos enterados de que Alzina no es secretario del Sindicato Metalúrgico y que el suelto que publicó “La Antorcha” se lo trasmitió como periodista que traslada a las cuartillas, por ejemplo, las palabras de un orador y las firma. Pero el caso no es éste, el caso es que Alzina ha enviado a un periódico comunista  un escrito y lo ha firmado en nombre o por acuerdo de la junta general del Sindicato Metalúrgico, y los acuerdos de las juntas generales, en Mallorca y en Valladolid los firman los secretarios o al menos les corresponde a ellos. Al poner Alzina “Por acuerdo de la junta general” dio a entender claramente que firmaba y hacía público el suelto de referencia por acuerdo y mandato de la misma. Y si no tenía ese mandato ni obraba por acuerdo de dicho Sindicato, debió hacer lo que hacen todos los periodistas un poco escrupulosos: informar sobre el acuerdo tomado, reseñarlo, decir que en junta general se había acordado tal o cual cosa, pero no firmar por acuerdo de la junta. Esto no está permitido ni a los periodistas ni a nadie más que a los secretarios de los Sindicatos.

EL OBRERO BALEAR nº 1222

11 de septiembre de 1925